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Significado de los términos: Inhabilidad, Incompatibilidad, y Conflicto de Intereses

- Las inhabilidades:
Condición establecida por la constitución y la ley, es la limitación de la
capacidad jurídica de una persona natural o jurídica, para contratar productos
o servicios con entidades estatales, es decir que en todo proceso de
contratación y sin tener en cuenta la modalidad utilizada, es deber de toda
Entidad Estatal de investigar a los proponentes.
- Incompatibilidad:
Hace referencia en la exclusión
natural o legal de una cosa o causa, en el campo laboral hace referencia
a la incapacidad de ejercer un cargo, prohibición o falta legal para desempeñar
dos funciones al mismo tiempo o cargo
directivo, participación directa de ciertas sociedades o intervención en
determinados asuntos.
- Conflicto de intereses: Son todas aquellas situaciones, en las que la cordura de un sujeto, se
prioriza en un interés vital primario para él y la integridad de todas sus acciones , tienden a
estar directa o indirectamente influenciadas por un interés secundario, el cual
frecuentemente es de tipo económico o personal, siendo este un conflicto cuando en vez de cumplir con lo debido podría
guiar sus decisiones o actuar en beneficio propio o de un tercero.