Significado de los términos: Inhabilidad, Incompatibilidad, y Conflicto de Intereses


 

  • Las inhabilidades: Condición establecida por la constitución y la ley, es la limitación de la capacidad jurídica de una persona natural o jurídica, para contratar productos o servicios con entidades estatales, es decir que en todo proceso de contratación y sin tener en cuenta la modalidad utilizada, es deber de toda Entidad Estatal de investigar a los proponentes.
  •  Incompatibilidad: Hace referencia en la exclusión  natural o legal de una cosa o causa, en el campo laboral hace referencia a la incapacidad de ejercer un cargo, prohibición o falta legal para desempeñar dos funciones  al mismo tiempo o cargo directivo, participación directa de ciertas sociedades o intervención en determinados asuntos.
  • Conflicto de intereses: Son todas aquellas situaciones,  en las que la cordura de un sujeto, se prioriza en un interés vital primario para él y la  integridad de todas sus acciones , tienden a estar directa o indirectamente influenciadas por un interés secundario, el cual frecuentemente es de tipo económico o personal, siendo este un conflicto  cuando en vez de cumplir con lo debido podría guiar sus decisiones o actuar en beneficio propio o de un tercero.